Política de partners

TÉRMINOS DE USO DEL PROGRAMA DE PARTNERS

El Partner se obliga a promocionar y prescribir los Software ADVISER CLOUD en los términos y condiciones previstos en el presente documento. El presente documento no implica ninguna exclusividad para las partes contratantes. El Partner no podrá ser considerado, en ningún caso, como representante de ADVISER CLOUD y no podrá actuar ni comprometerse en su nombre. El Partner actuará en todo momento en su nombre y por cuenta propia.

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

Los Servicios se prestarán en los siguientes términos y condiciones:

  • El Partner guardará confidencialidad sobre la información que le facilite ADVISER CLOUD en o para la ejecución de sus labores o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
  • ADVISER CLOUD responderá de la calidad del servicio con la diligencia exigible a una empresa especializada en el desarrollo y comercialización de software.
  • El Partner responderá de los daños y perjuicios que se deriven para ADVISER CLOUD y de las reclamaciones que pueda realizar un tercero, y que tengan su causa directa en errores del Partner, o de su personal, que deriven de la falta de diligencia.
  • ADVISER CLOUD será responsable de la asistencia técnica especializada y de los Partner de la asistencia comercial enfocada a la venta tanto a usuarios finales, como a otros distribuidores o revendedores.
  • El Partner deberá formar a sus empleados o vendedores para realizar una adecuada demostración y explicar las ventajas de los softwares de ADVISER CLOUD.
  • La contratación del servicio ADVISER CLOUD se realizarán directamente por parte del cliente a través de la propia aplicación web accesible desde www.advisercloud.es.
  • ADVISER CLOUD proporciona los medios técnicos necesarios que permitan identificar unívocamente a los clientes que hayan contratado los software de ADVISER CLOUD a través del Partner, a través de su apartado web personal de Partner accesible desde app.advisercloud.es

 

RANGOS DE COMISIONES DE LOS PARTNERS

Closer de ventas

La identificación del Partner y el pago del servicio por parte del cliente referido, devengará una comisión para el Partner del 15 % del volumen de negocio neto hasta 30 clientes activos en el software, generado por sus clientes referidos, y relativo a toda la facturación frecuente en otros servicios realizada a dichos clientes de un 15%, durante un máximo de 5 años. El pago de estas comisiones se liquidará mensualmente, tras la emisión de una factura a ADVISER CLOUD por parte del Partner.

 

Prescriptor

Cuando el Partner disponga de 60 clientes referidos activos en el software, entonces devengará una comisión del 20 % del volumen de negocio neto generado por sus clientes referidos, y relativo a toda la facturación frecuente en otros servicios realizada a dichos clientes de un 15%, durante un máximo de 5 años. El pago de estas comisiones se liquidará mensualmente, tras la emisión de una factura a ADVISER CLOUD por parte del Partner.

 

Embajador

Cuando el Partner disponga de 100 clientes referidos activos en el software, entonces devengará una comisión del 30 % del volumen de negocio neto generado por sus clientes referidos, y relativo a toda la facturación frecuente en otros servicios realizada a dichos clientes de un 20%, durante un máximo de 5 años. El pago de estas comisiones se liquidará mensualmente, tras la emisión de una factura a ADVISER CLOUD por parte del Partner.

 

USO DE LOS RECURSOS DE ADVISER CLOUD

El Partner podrá utilizar la marca, nombre comercial y logotipos de ADVISER CLOUD solamente para la promoción y publicidad de productos y servicios de www.advisercloud.es, conforme a la Ley de marcas 17/2001 de 7 de enero. El Partner no tiene ningún derecho sobre las marcas, nombres comerciales, ni los logotipos. Y preservará en todo momento los derechos ADVISER CLOUD sobre los mismos.

 

DURACIÓN DE LA RELACIÓN

El período de duración de la relación entre las partes será de un (1) año con renovación automática por periodos de igual duración desde el momento de su provisión. Ambas partes podrán dar por resuelta la siguiente relación, bastando para ello una comunicación escrita con una anticipación de por lo menos 15 días.

  • La comisión para el Partner solo se devengará mientras dure la relación.
  • El Partner tendrá derecho de alcance a nivel global, sin limitaciones geográficas.

 

RÉGIMEN JURÍDICO

Para la resolución de todas las controversias o cuestiones relacionadas con la siguiente relación, será de aplicación directa la legislación española, específicamente el Código Civil, el Código de Comercio y demás legislación vigente aplicable a las relaciones comerciales internacionales entre empresas, renunciando expresamente a cualquier otro tipo de legislación aplicable.
Del mismo modo, las partes se someten a la ley de arbitraje española y a intentar la resolución de toda cuestión litigiosa en primer lugar de mutuo acuerdo mediante negociación. No obstante, las partes se someten expresamente, renunciando a cualquier otro foro competente, a los Tribunales de Madrid.